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Tramitación de Herencias sin Testamento en Santiago

Si un familiar falleció sin testamento, la ley chilena establece quiénes heredan y cómo repartir los bienes. Te acompañamos desde la posesión efectiva hasta la inscripción final, evitando los errores que traban el proceso.

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Si alguien cercano falleció y no dejó testamento, lo primero que aparece es la incertidumbre. ¿Qué pasa con la casa? ¿Con las cuentas? ¿Quién tiene derecho a qué? La buena noticia es que la ley chilena tiene respuesta para todo esto. La herencia sin testamento —lo que técnicamente llamamos sucesión intestada— se resuelve aplicando las reglas del Código Civil. El trámite central, la posesión efectiva, se gestiona hoy ante el Registro Civil y no ante tribunales.

¿Quiénes heredan cuando no hay testamento?

El Código Civil (arts. 980–998) organiza a los potenciales herederos en órdenes de prelación. Funciona como una escalera: si hay herederos en el primer peldaño, los de abajo no reciben nada.

OrdenHerederos
Hijos (o sus descendientes) + cónyuge o conviviente civil sobreviviente (arts. 988–989 CC)
Padres y ascendientes + cónyuge o conviviente civil, si no hay hijos (art. 989 CC)
Hermanos (art. 990 CC)
Colaterales hasta el 6° grado (art. 992 CC)
ÚltimoFisco, si no aparece ningún pariente (art. 995 CC)

¿Y el conviviente de hecho? La Ley N° 20.830 (vigente desde 2015) reconoce derechos hereditarios solo al conviviente civil con acuerdo inscrito ante el Registro Civil. El conviviente de hecho, por más años de vida en común que acredite, queda fuera de los órdenes sucesorios. Sin excepción.

Cómo tramitar la posesión efectiva intestada en Santiago

Desde la Ley N° 19.903 del año 2003, el trámite es administrativo y se radica en el Servicio de Registro Civil e Identificación. Ya no requiere ir a tribunales.

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Reunir los documentos

Certificado de defunción del causante, certificados de nacimiento de todos los herederos, y si corresponde, el de matrimonio o de Acuerdo de Unión Civil. También su cédula de identidad vigente y un inventario simple de los bienes del fallecido: propiedades, vehículos, cuentas bancarias, inversiones. Antes de ir al Registro Civil, verifique si el causante tenía propiedades inscritas en el Conservador de Bienes Raíces. Cuando la herencia coincide con un proceso de separación, la liquidación de bienes puede vincularse al divorcio en Chile.

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Solicitud ante el Registro Civil

Se presenta en cualquier oficina del SRCeI o por su portal web. No es necesario hacerlo en Santiago aunque los bienes estén acá. El trámite es gratuito. El Registro revisa los antecedentes y dicta la resolución normalmente en 10 a 20 días hábiles.

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Inscripción en el Conservador de Bienes Raíces

Si la herencia incluye inmuebles, la posesión efectiva debe inscribirse en el CBR correspondiente. Sin esa inscripción, los herederos no pueden vender, hipotecar ni hacer nada con los bienes raíces. La cantidad de herencias que quedan "trabadas" por no completar este paso es sorprendente.

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Declaración y pago del impuesto a las herencias

La Ley N° 16.271 establece un impuesto progresivo. Las asignaciones por debajo de 50 UTA están exentas; las que superan ese umbral pagan entre un 1% y un 25% según el monto y el parentesco. El formulario se presenta ante el SII.

Dónde se complican las cosas

El trámite tiene fama de sencillo, y en muchos casos lo es. Pero esa aparente sencillez puede ser engañosa. Hay situaciones que transforman una gestión de dos semanas en un dolor de cabeza de meses.

El inventario incompleto

Este es probablemente el error más frecuente. Cuando los bienes omitidos aparecen después, hay que hacer un inventario complementario y reliquidar el impuesto. Si el SII detecta la omisión antes que usted la corrija, las consecuencias incluyen multas e intereses.

Herederos que no se ponen de acuerdo

Cuando no hay consenso sobre cómo repartir los bienes, cualquier heredero puede pedir al tribunal la designación de un juez partidor. El proceso puede extenderse años. He visto particiones que tomaron más de tres años, para repartir una casa y un auto.

Inscripciones defectuosas en el Conservador

Propiedades con deslindes mal descritos, cabidas que no coinciden o cadenas de inscripciones con vacíos obligan a iniciar un procedimiento de saneamiento de títulos antes de poder avanzar.

Activos digitales y plataformas extranjeras

El marco legal chileno no tiene protocolos específicos para criptomonedas, cuentas de PayPal o inversiones en plataformas extranjeras. Es un vacío normativo real que genera situaciones complicadas en la práctica.

No actuar a tiempo

No hay plazo fatal para pedir la posesión efectiva, pero postergar el trámite dificulta conseguir documentación y el SII puede aplicar recargos por declaración tardía. Mi recomendación es iniciar el proceso dentro de los primeros meses después del fallecimiento.

FAQ

Preguntas sobre Herencias

¿Es necesario contratar un abogado para tramitar una herencia?
La ley no exige abogado para presentar la solicitud ante el Registro Civil. Si la herencia es simple —cuentas bancarias, sin inmuebles, herederos de acuerdo— muchas personas lo hacen solos. Sin embargo, cuando hay bienes raíces, deudas significativas, herederos en el extranjero o cualquier riesgo de conflicto, la asesoría legal evita errores que salen mucho más caros que el honorario del abogado.
¿Qué pasa si el fallecido dejó más deudas que bienes?
Las deudas forman parte de la herencia. Si la aceptas sin más, respondes por ellas incluso con tu propio patrimonio. La herramienta para protegerte es el beneficio de inventario (art. 1247 del Código Civil), que limita tu responsabilidad al valor de lo que efectivamente recibes. Es una precaución básica que conviene evaluar antes de aceptar.
¿Cuánto demora la posesión efectiva intestada?
Una vez ingresada la solicitud al Registro Civil, el trámite toma normalmente entre 10 y 20 días hábiles si los antecedentes están completos. Si la herencia incluye bienes raíces, hay que sumar el tiempo de inscripción en el Conservador de Bienes Raíces, que puede demorar semanas adicionales.
¿Qué pasa con el conviviente que no tenía acuerdo de unión civil inscrito?
El conviviente de hecho, por más años de vida en común que acredite, queda fuera de los órdenes sucesorios. La Ley N° 20.830 solo reconoce derechos hereditarios al conviviente civil con acuerdo inscrito ante el Registro Civil. No hay excepción a esta regla.
¿Hay un plazo para pedir la posesión efectiva?
Técnicamente no hay un plazo fatal para solicitarla. Nadie lo sancionará por demorarse. Pero postergar el trámite trae problemas concretos: no puede disponer de los bienes, la documentación se hace más difícil de conseguir con los años, y el SII puede aplicar recargos por declaración tardía del impuesto a las herencias.

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