EmpresasLey Karin N° 21.643

Implementación Ley Karin para su Empresa

Desde agosto 2024, todas las empresas en Chile deben contar con un protocolo de prevención de acoso. Lo implementamos en 3–6 semanas, con protocolo a medida, capacitación y canal de denuncia operativo.

Solicitar Propuesta

¿Qué incluye nuestra implementación?

Entregamos todos los documentos y capacitaciones que exige la ley, personalizados para su empresa.

Política de Prevención

Documento formal que declara el compromiso de la empresa y define las conductas prohibidas, conforme a lo exigido por la ley.

Protocolo de Actuación

Procedimiento detallado para recibir, investigar y resolver denuncias. Incluye plazos, roles y garantías de confidencialidad.

Canal de Denuncia

Habilitamos el mecanismo de recepción de denuncias (formulario físico o digital) garantizando confidencialidad e identidad del denunciante.

Capacitación a Líderes

Taller práctico para gerentes, supervisores y personal de RRHH sobre reconocimiento, manejo y prevención del acoso.

Comunicación Interna

Materiales de difusión para que todos los trabajadores conozcan sus derechos y los canales disponibles.

Investigación Externa (opcional)

Actuamos como investigadora imparcial ante denuncias, entregando el informe en los plazos legales con plena validez jurídica.

Riesgo de no cumplir

Las empresas sin protocolo vigente exponen a multas de hasta 60 UTM por parte de la Dirección del Trabajo. Además, en caso de demanda judicial por acoso, el incumplimiento agrava la responsabilidad del empleador y aumenta las indemnizaciones.

FAQ

Preguntas sobre Ley Karin para Empresas

¿Qué obliga a las empresas a hacer la Ley Karin?
La Ley N° 21.643 (vigente desde agosto 2024) obliga a todas las empresas con trabajadores en Chile a: (1) implementar una política de prevención del acoso laboral y sexual, (2) establecer un canal de denuncia confidencial, (3) designar un encargado de recibir denuncias, y (4) investigar cada denuncia en máximo 30 días hábiles. El incumplimiento puede derivar en multas de hasta 60 UTM.
¿Cuál es la multa por no tener el protocolo de la Ley Karin?
La Dirección del Trabajo puede aplicar multas de 3 a 60 UTM (aprox. $200.000 a $4.000.000 CLP) según el tamaño de la empresa y la gravedad del incumplimiento. Además, si un trabajador denuncia y la empresa no tenía protocolo, el empleador puede ser condenado con recargos adicionales en caso de demanda judicial.
¿Qué es una auditoría laboral y para qué sirve?
Una auditoría laboral es una revisión sistemática del cumplimiento legal de la empresa en materia de contratos, remuneraciones, jornada de trabajo, beneficios, finiquitos y protocolos. Sirve para identificar brechas de cumplimiento antes de que se conviertan en juicios o multas, y como insumo para certificaciones o due diligence en procesos de venta o inversión.
¿Cuánto tiempo toma implementar la Ley Karin en una empresa?
Dependiendo del tamaño y complejidad de la organización, la implementación completa toma entre 3 y 8 semanas: diagnóstico inicial (1 semana), redacción de política y protocolo personalizado (2 semanas), capacitación a líderes (1–2 semanas), y comunicación interna y habilitación del canal de denuncia (1 semana). Trabajamos con plazos ajustados si es urgente.

Contacto

Solicite una Propuesta para su Empresa

Cuéntenos el tamaño de su empresa y su situación actual. Le enviamos una propuesta en 24 horas.

Tus datos son confidenciales. No compartimos información con terceros. Política de privacidad